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Ayudas para la implantación de medidas de Igualdad en la PYMEs gallegas
Sep
15
2008
La orden incluye las bases para la financiación de la implantación de planes de igualdad y otras medidas dirigidas a la eliminación de la infrarrepresentación femenina y para el fomento de planes de programación del tiempo en la ciudad en PYMEs gallegas
Ayudas para la implantación de medidas de Igualdad en la PYMEs gallegas
Diario Oficial de Galicia
La orden de la Consellería de Traballo de la Xunta de Galicia contempla 3 líneas de actuación en materia de igualdad que son:
Línea I: planes de igualdad en PYMEs gallegas
Línea II: implantación de medidas para eliminar la infrarrepresentación de mujeres en las PYMES gallegas
y Línea III: fomento de planes de programación del tiempo en las ciudades
Tras la elaboración de la Ley 2/2007, del 28 de marzo, del trabajo en igualdad de las mujeres de Galicia, en la que si pretende, en desarrollo de las competencias asumidas por la Xunta de Galicia conforme el Estatuto y la Ley orgánica 3/2007, del 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, ir un paso más allá. Así, la consecución de la inserción laboral en clave de igualdad laboral se convierte en una de las claves para hacer efectivo el principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, ya que este es un de los ámbitos donde, hasta el de ahora, fue más visible la desigualdad.
Dentro de las medidas que la ley establece con el fin de alcanzar sus objetivos, se incluye a lo largo del su articulado un mandato al departamento de la Xunta de Galicia competente en materia de trabajo para que ponga en funcionamiento una serie de ayudas, subvenciones y medidas de apoyo en relación con la implantación de planes de igualdad, fomento de la eliminación de la infrarrepresentación femenina y de establecimiento de planes de programación del tiempo en la ciudad.
Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la concesión de las ayudas dirigidas al fomento de la implantación de planes de igualdad, para la eliminación de la infrarrepresentación femenina y para el fomento de planes de programación del tiempo en la ciudad en pequeñas y medianas empresas (Pymes). Para los efectos de esta orden, se considera Pyme la empresa que emplee menos de 250 trabajadores y trabajadoras y que no supere los 50 millones de
euros de volumen de negocio anual o su balance anual sea inferior a 43 millones de euros.