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Ene
07
2011
Afectación a la actividad de una parte de la vivienda habitual
Utilizar la vivienda como despacho permite dedudir una serie de gastos de la misma
pymesyautonomos.com
Es habitual, sobre todo en profesiones liberales o en las/os freelance, que aquellas personas que no realizan su actividad en un local determinado utilicen una parte de su vivienda como despacho. Esto está perfectamente permitido y sólo es necesario hacer una afectación de la superficie estimada que se usa para esa actividad a través de la declaración censal (modelo 036).

Con la cada vez más extendida costumbre del teletrabajo se están dando muchas más ocasiones en las que podemos optar por este sistema. La afectación a la actividad de una parte de la vivienda habitual permite deducir una serie de gastos. ¿Cómo repercute esa afectación a nivel de los gastos deducibles?

Los gastos generales de la vivienda, los suministros de agua, luz, gas, etc. no se pueden deducir, ya que no tenemos manera alguna de determinar cuál es el consumo que corresponde al hogar y cuál a la actividad profesional o empresarial. La línea de teléfono o internet sí que podemos incluirlos en los gastos deducibles.

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