Dice la Resolución del Parlamento Europeo, de 26 de febrero de 2014, sobre explotación sexual y prostitución y su impacto en la igualdad de género, que la prostitución, forzada o no, constituyen violaciones de la dignidad humana contrarias a los principios de los derechos humanos.

También dice esta misma resolución que considerar la prostitución como un «trabajo sexual» legal, despenalizar la industria del sexo en general y legalizar el proxenetismo no es la solución para proteger a las mujeres y las mujeres menores de edad de la violencia y explotación, sino que produce el efecto contrario.

¿Cómo puede entonces una sentencia hacer un reconocimiento de la relación laboral que existe entre una prostituta y la propietaria del local donde presta sus servicios? La explicación la encontramos en la propia sentencia y en el análisis del tratamiento que hemos dado al proxenetismo en España en los últimos años.

En España hemos renunciado a penalizar a quienes se enriquecen gracias a la explotación económica de la prostitución de terceras personas. Gracias a esta renuncia alentada por la jurisprudencia del TS, que ha entendido que la penalización del proxenetismo sólo debe realizarse cuando se produzca en un contexto de coerción, amenaza y violencia, han proliferado los prostíbulos y el desarrollo de actividades comerciales por parte de terceros para la explotación económica de la prostitución a la vista de todo el mundo y sin la más mínima sanción ni penal ni social.

La prostitución no es un empleo, no es una prestación de servicio, por más que sea la forma en la que muchas mujeres se tienen que ganar la vida y, desde luego, no puede ser una prestación de servicios que se realice por cuenta de una empresa, bajo su dirección y dependencia. Pero si esto es así, es porque consideramos que un proxeneta, no puede ser un empresario decente y al contrario se trata de un ilícito que debemos penalizar.

Lo triste de este caso es que quien parece no tenerlo claro, a pesar de la Resolución del Parlamento Europeo, es el propio Gobierno, Inspección de trabajo y la Tesorería de la Seguridad Social que han sido quienes han recurrido a la justicia para resolver la duda de si un proxeneta es un delincuente o un simpático empresario, sujeto a obligaciones sí, pero también con capacidad de dirección de las actividades de quien se prostituye para su enriquecimiento. La duda, ofende.

Publicado en la Edición de papel de El Mundo el 10-03-2015,  en relación con la información relativa a una sentencia que reconoce derechos laborales para las mujeres que se prostituyen en locales de alterne.